Cómo utilizar el Kit Digital que han concedido a tu empresa

Abr 14, 2023Consejos, Noticias0 Comentarios

Guía de optimización del Kit Digital en la empresa para la implementación efectiva de buenas prácticas y estrategias de marketing digital.

Para hacer uso del Bono Digital concedido a tu empresa, es necesario seguir los pasos que se detallan a continuación. Primero, debes registrarte en el portal Acelera Pyme y realizar el test de autodiagnóstico correspondiente. Dicho test te permitirá evaluar el nivel de digitalización de tu empresa e identificar áreas que requieran mejoras.

Posteriormente, deberás solicitar el Kit Digital y esperar a que se resuelva tu solicitud. Una vez que te hayan notificado la concesión del Bono de Kit Digital, deberás elegir a tu Agente Digitalizador. Este se encargará de desarrollar e implementar una o varias soluciones digitales en tu empresa.

Es importante destacar que dispones de 6 meses desde que te notifiquen la concesión de tu solicitud para elegir a tu Agente Digitalizador.

Plazos del consumo del Bono Digital

Una vez notificada la concesión del bono, los beneficiarios tienen 6 meses para utilizarlo. ¿De qué manera?

  • Deben entrar en el marketplace de soluciones digitales disponible en www.acelerapyme.es
  • Seleccionar a los agentes digitalizadores con los que se quiera trabajar
  • Firmar acuerdos con ellos

Una vez transcurridos esos 6 meses, todo el crédito del bono que no se haya consumido, se perderá.

Plazos de Justificación e Implementación

Hay que diferenciar entre la primera convocatoria y la segunda convocatoria y sucesivas.

Plazos de implantación:

  1. Una vez validado el acuerdo, el beneficiario y el agente digitalizador tienen 3 meses para implantar la solución
  2. En esos 3 meses se tiene que haber implantado la solución y haberse emitido la facturaEn la Primera Convocatoria, en esos tres meses, se tiene que haber abonado la factura, es decir, el beneficiario debe pagar la parte correspondiente no subvencionada (el IVA y la cantidad que exceda de la cuantía máxima establecida para cada categoría elegida)
    Después de la modificación de la orden de bases, en la Segunda Convocatoria y Sucesivas, el beneficiario tiene 6 meses más para abonar la factura (6 meses desde la firma del acuerdo)

Plazos de justificación:

  • 1ª Convocatoria, se empieza a contar a partir de 3 meses desde la fecha emisión de la factura.
  • 2ª y 3ª convocatoria, 6 meses desde fecha validación acuerdo.

    Al acabar los 12 meses de la emisión factura, se inicia automáticamente un plazo de 3 meses más para la justificación del segundo hito

Plazos de pago:

Para cada uno de los acuerdos fijados por beneficiario y digitalizador se definen dos momentos de pago:

  1. Implantación. Una vez implantada la solución y justificada convenientemente se produce un 1er pago.
    PRIMER PAGO: 70% excepto en gestión de RRSS que es el 40%
  2. Tras la prestación del servicio. Cuando finalicen los 12 meses de servicio, se produce el 2º pago al digitalizador.
    SEGUNDO PAGO: 30% excepto en gestión de RRSS que es el 60%
Linea de tiempo Bono Kit Digital

¿Cómo implementar la solución del Kit Digital en mi empresa?

Una vez que se ha seleccionado la solución digital adecuada para mejorar la productividad y el rendimiento de la empresa, es necesario suscribir un contrato con la empresa proveedora y firmar el Acuerdo de Prestación de Servicios de Soluciones de Digitalización.

Es importante tener en cuenta que se dispone de un plazo de 6 meses a partir de la concesión del Bono Digital para formalizar el contrato e implementar las mejoras en la empresa.

En caso de elegir una sola solución digital, solo será necesario suscribir un contrato. Sin embargo, si se desea beneficiarse de varias mejoras, será necesario suscribir un Acuerdo de Prestación de Servicios de Soluciones de Digitalización por cada una de las soluciones digitales seleccionadas.

Es decir, se deberá suscribir un acuerdo diferente con cada Agente Digitalizador para poder utilizar el Bono del Kit Digital.

La empresa podrá formalizar Acuerdos de Prestación hasta agotar el importe total del Bono Digital y, por tanto, de la subvención concedida. Cabe destacar que la solución seleccionada debe ser totalmente nueva o sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre y cuando supongan una mejora funcional.

«tiene que ser una solución totalmente nueva o una solución cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre y cuando supongan una mejora funcional.»

Plazos para la implementación de la solución del Agente Digitalizador con el Bono Digital

Una vez que se ha firmado el contrato y el Acuerdo con el Agente Digitalizador que prestará los servicios en la empresa, el agente deberá llevar a cabo la implantación de la solución en dos fases:

  • El Agente Digitalizador tendrá un plazo de 3 meses para llevar a cabo la implementación de la solución en la empresa a partir de la formalización del Acuerdo de Prestación. Durante este período, deberá realizar la instalación de la solución y emitir la factura correspondiente.

  • Posteriormente, el Agente Digitalizador contará con un plazo adicional de 12 meses a partir de la fecha de emisión de la factura para llevar a cabo cualquier trabajo o servicio relacionado con la solución implementada.

Es importante tener en cuenta estos plazos para asegurarse de que la implementación de la solución se realiza dentro del marco temporal establecido y se cumple con los requisitos del Bono Digital.

¿Qué sucede si al implantar la solución digital supero el importe de mi Bono de Kit Digital?

Si has sobrepasado el importe máximo de Kit Digital no pasa nada, simplemente si como empresa beneficiaria del Bono de Kit Digital superas el importe de tu Bono, tendrás que asumir la diferencia.

La obtención del Bono de Kit Digital puede suponer una gran ayuda para aquellas empresas que deseen mejorar su presencia y gestión en el entorno digital. Sin embargo, es importante tener en cuenta que existe un importe máximo establecido para el Bono, y que en caso de que la empresa supere este límite, deberá asumir la diferencia económica resultante.

En este sentido, si bien el Bono cubre una parte del coste de la solución digital implantada, si el importe de ésta supera el valor del Bono concedido, la empresa deberá pagar la cantidad restante para completar el pago del servicio contratado. Es importante señalar que esta situación no debe ser considerada como un problema insalvable, sino como una inversión en la mejora de la competitividad de la empresa en el entorno digital.

Por tanto, resulta fundamental que las empresas beneficiarias del Bono de Kit Digital realicen una planificación previa de sus necesidades y objetivos en el ámbito digital, y seleccionen las soluciones y herramientas más adecuadas para su implementación. De esta forma, se maximizará el rendimiento y rentabilidad del Bono concedido, y se evitarán posibles desembolsos adicionales innecesarios.

En cualquier caso, es importante destacar que el acceso a soluciones y herramientas digitales puede suponer un gran avance en la mejora de la gestión empresarial, la competitividad y la adaptación a las nuevas tendencias y necesidades del mercado. Por ello, aunque exista la posibilidad de que una empresa tenga que asumir la diferencia económica resultante al superar el importe máximo del Bono de Kit Digital, esto no debe disuadir a las empresas de aprovechar esta oportunidad para mejorar su presencia y gestión en el entorno digital.

«En el caso de superar el importe de mi Bono de Kit Digital tendrás que pagar la diferencia que haya entre el importe de la solución digital implantada y el importe de tu Bono Digital.»